Condiciones Estándar de Servicio
El marco que rige cada uno de nuestros servicios.
Última actualización: 1 de agosto de 2026
Estas Condiciones Estándar de Servicio rigen todos los servicios de agenciamiento de carga, coordinación de transporte aéreo, consolidación, manejo, almacenaje temporal, distribución y servicios auxiliares y de asesoría prestados bajo la marca CAHE, salvo acuerdo distinto por escrito. Se incorporan por referencia a toda cotización, confirmación de servicio y documento emitido por CAHE. Al instruir un servicio, el Cliente acepta estas Condiciones.
1.Las empresas y la parte contratante
Los servicios de agenciamiento de carga y coordinación de transporte desde y hacia Venezuela son prestados por Representaciones C.A.H.E., C.A., sociedad mercantil venezolana, RIF J-29460205-3, inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia bajo el No. 42, Tomo 92-A, con domicilio en el Aeropuerto Internacional La Chinita, Zona Primaria de Carga, Oficina ZC-33, Maracaibo, Estado Zulia, agente de carga acreditado por la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA), código 9510030, y miembro individual de la Federación Internacional de Asociaciones de Agentes de Carga (FIATA). La facturación y la representación comercial en Estados Unidos corresponden a CAHE EXPRESS INC., corporación de Florida, Document Number P09000025566, con domicilio en 11555 Heron Bay Blvd, Suite 200, Coral Springs, Florida 33076, que no es entidad operadora de transporte. En estas Condiciones, la Compañía significa la entidad que contrata el servicio con el Cliente según este reparto de roles, identificada en la cotización o factura correspondiente. Los servicios de agenciamiento aduanal en Venezuela se prestan a través de la empresa vinculada Adelcomar, C.A., agencia de aduanas, bajo sus propios mandatos y regulación aduanera.
2.Definiciones
Cliente significa toda persona con derechos u obligaciones bajo el contrato de servicios celebrado con la Compañía o derivados de su actividad en conexión con esos servicios. Mercancía significa toda propiedad objeto del servicio, incluidos contenedores, paletas o elementos de transporte o embalaje no suministrados por la Compañía. Porteador significa quien ejecuta efectivamente el transporte con sus propios medios o quien asume responsabilidad de porteador por compromiso expreso o implícito. DEG significa el Derecho Especial de Giro definido por el Fondo Monetario Internacional. Ley Imperativa significa toda norma cuyas disposiciones no pueden derogarse contractualmente en perjuicio del Cliente. Mercancías Peligrosas significa las clasificadas oficialmente como riesgosas y las que sean o puedan devenir peligrosas, inflamables, radiactivas, nocivas o dañinas. Objetos de Valor significa metales preciosos, dinero, títulos negociables, piedras preciosas, joyas, antigüedades, obras de arte y bienes similares.
3.Reglas FIATA y ley imperativa
En lo no previsto expresamente por estas Condiciones, se incorporan por referencia las FIATA Model Rules for Freight Forwarding Services, conforme a su regla de aplicabilidad. Estas Condiciones y las reglas FIATA solo surten efecto en la medida en que no contraríen las disposiciones imperativas de los convenios internacionales o de la ley nacional aplicable al servicio, incluyendo, según corresponda, la legislación aeronáutica venezolana y sus regulaciones (INAC y las Regulaciones Aeronáuticas Venezolanas), la legislación aduanera venezolana, y las leyes del Estado de Florida y federales de Estados Unidos.
4.Rol de la Compañía
La Compañía actúa por regla general como agente del Cliente, coordinando el transporte y los servicios con porteadores y terceros seleccionados con diligencia debida. El tramo de transporte aéreo se rige por la guía aérea (Air Waybill) emitida por la aerolínea porteadora y por los convenios internacionales aplicables a ese documento. Cuando Representaciones C.A.H.E., C.A. emite o suscribe la guía aérea, lo hace exclusivamente en calidad de agente del transportista emisor, conforme al formato estándar de la guía aérea de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA). La Compañía solo asume responsabilidad de porteador contractual cuando emite su propio documento de transporte o asume ese compromiso en forma expresa y por escrito.
5.Cotizaciones, tarifas y pagos
Las cotizaciones se emiten por escrito, tienen la validez indicada en ellas y se basan en las tarifas, fletes, recargos, tasas e impuestos vigentes de terceros al momento de su emisión, cuyas variaciones son trasladables al Cliente. Los servicios facturados por Representaciones C.A.H.E., C.A. en Venezuela se facturan en bolívares, con indicación del monto equivalente en divisas y de la tasa de cambio oficial del Banco Central de Venezuela, conforme a la normativa tributaria y cambiaria venezolana. Los montos adeudados se pagan sin reducción ni diferimiento por reclamos, contrademandas o compensaciones. La Compañía tendrá, en la medida permitida por la ley aplicable, derecho de retención general sobre la Mercancía y sus documentos por toda suma debida, incluyendo gastos de almacenaje y de recuperación.
6.Obligaciones del Cliente
El Cliente garantiza la exactitud de toda la información suministrada sobre la Mercancía, su naturaleza, marcas, número, peso, volumen y cantidad, y cuando aplique, su carácter peligroso. Las Mercancías Peligrosas deben declararse antes de la contratación y se manejan conforme a la Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de IATA (DGR). Los Objetos de Valor y las Mercancías Peligrosas no declarados quedan excluidos de toda responsabilidad de la Compañía. El Cliente responde por las pérdidas, daños, costos y cargos oficiales resultantes de información inexacta o incompleta, y mantendrá indemne a la Compañía conforme a las reglas FIATA, incluyendo reclamos de avería gruesa.
7.Seguro de la mercancía
La Compañía no contrata seguro sobre la Mercancía salvo instrucción expresa y por escrito del Cliente aceptada por la Compañía. Todo seguro contratado queda sujeto a las condiciones y exclusiones usuales de la póliza del asegurador.
8.Responsabilidad y límites
La Compañía responde cuando no ejerce la diligencia debida y las medidas razonables en la prestación del servicio. No responde por actos u omisiones de terceros, tales como porteadores, almacenistas, estibadores, autoridades portuarias o aeroportuarias y otros agentes de carga, salvo falta de diligencia en su selección, instrucción o supervisión. Conforme a las reglas FIATA incorporadas, la responsabilidad por pérdida o daño de la Mercancía no excederá el equivalente a 2 DEG por kilogramo de peso bruto perdido o dañado, la responsabilidad por retraso, cuando se haya aceptado expresamente y por escrito, no excederá la remuneración del servicio que dio lugar al retraso, y la responsabilidad por cualquier otro perjuicio no excederá 10.000 DEG por incidente. La Compañía no responde en ningún caso por pérdidas indirectas o consecuenciales, como lucro cesante o pérdida de mercado. La Mercancía podrá tenerse por perdida si no ha sido entregada dentro de los noventa días siguientes a la fecha en que debió entregarse. Estos límites no aplican donde la Ley Imperativa disponga otra cosa.
9.Avisos y prescripción
El aviso de pérdida o daño aparente debe darse por escrito al momento de la entrega de la Mercancía, y el de pérdida o daño no aparente dentro de los 6 días consecutivos siguientes. Cualquier otro reclamo debe notificarse por escrito dentro de los 14 días siguientes a la fecha en que el Cliente conoció o debió conocer el hecho que lo origina. Salvo acuerdo expreso distinto, toda acción contra la Compañía prescribe a los 9 meses contados desde la entrega de la Mercancía, desde la fecha en que debió entregarse, o desde el hecho que origina el reclamo, conforme a las reglas FIATA.
10.Impedimentos y fuerza mayor
Si la prestación del servicio se ve afectada por impedimentos o riesgos no imputables a la Compañía que no puedan evitarse con esfuerzos razonables, la Compañía podrá abandonar el transporte y poner la Mercancía a disposición del Cliente en un lugar seguro y conveniente, teniéndose por efectuada la entrega, con derecho a la remuneración pactada y al reembolso de los costos adicionales.
11.Cumplimiento
La Compañía conduce sus operaciones conforme a las leyes anticorrupción y de sanciones aplicables a sus actividades, incluyendo la legislación venezolana, la Foreign Corrupt Practices Act de Estados Unidos y los programas de sanciones administrados por las autoridades competentes. El Cliente declara que la Mercancía, su origen, destino y las partes involucradas no contravienen esas normas, y colaborará con la información que la Compañía requiera razonablemente para sus controles de cumplimiento.
12.Datos personales
El tratamiento de los datos personales vinculados al servicio se rige por la Política de Privacidad publicada en www.caheglobal.com.
13.Ley aplicable y jurisdicción
Los servicios contratados con Representaciones C.A.H.E., C.A. se rigen por las leyes de la República Bolivariana de Venezuela y las acciones se instituirán ante los tribunales competentes de Maracaibo, Estado Zulia. Los servicios y la facturación contratados con CAHE EXPRESS INC. se rigen por las leyes del Estado de Florida, Estados Unidos de América, y las acciones se instituirán ante los tribunales del Condado de Broward, Florida. Esto se corresponde con la regla FIATA que fija la jurisdicción en el domicilio principal del agente de carga. Nada de lo anterior deroga la Ley Imperativa ni los convenios internacionales aplicables al documento de transporte.
14.Disposiciones finales
Estas Condiciones aplican a todo reclamo contra la Compañía, sea contractual o extracontractual, y benefician igualmente a sus empleados, agentes y contratistas, sin que la responsabilidad agregada exceda los límites aquí establecidos. Si alguna disposición fuese inválida, las demás conservan plena validez. La versión en español prevalece sobre cualquier traducción. La Compañía puede actualizar estas Condiciones publicando la versión vigente en www.caheglobal.com, aplicando a cada servicio la versión vigente a la fecha de su contratación.
15.Contacto
Correo, maracaibo@caheglobal.com (Venezuela) y miami@caheglobal.com (Estados Unidos). Teléfono, +1 (866) 901-6804. Sitio web, www.caheglobal.com.
Representaciones C.A.H.E., C.A. (Venezuela) · CAHE EXPRESS INC. (Florida, EE. UU.)
www.caheglobal.com